sábado, 3 de noviembre de 2012

Los salarios de altos cargos de la Comunidad volverán a niveles del presupuesto de 2012 recuperando la rebaja de julio

Las retribuciones de los altos cargos de la Comunidad de Madrid volverán a los niveles establecidos en los Presupuestos Regionales de 2012, de manera que recuperarán el 10 por ciento de sueldo que les fue rebajado en la modificación presupuestaria realizada en el mes de julio...

... según consta en el Anteproyecto de Ley de Presupuestos regionales para 2013.

   El texto presentado este miércoles por el presidente regional, Ignacio González, señala que las retribuciones del presidente, vicepresidentes, consejeros, viceconsejeros y altos cargos de la Comunidad que tengan reconocido alguno de estos rangos "no experimentarán incremento respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2012", sin tener en cuenta la reducción aprobada en la modificación presupuestaria aprobada este verano.


   Lo mismo ocurrirá con los salarios de los directores generales, secretarios 
generales técnicos, altos cargos con el mismo rango y gerentes de organismos autónomos.

   Asimismo, el Anteproyecto de Ley expone que este régimen retributivo servirá de referencia a efectos de lo establecido en la Disposición Adicional de la Ley 8/2000, de 20 de junio, por la que se procede a la homologación de las retribuciones de los miembros del Gobierno y Altos Cargos de la Comunidad de Madrid con los de la  Administración General del Estado, y de los Diputados de la Asamblea de Madrid con los Diputados por Madrid del Congreso.

   Los demás altos cargos de la Comunidad de Madrid percibirán una retribución anual equivalente a la de minorar en un 20 por 100 las retribuciones del cargo de director general, sin tener en cuenta la reducción aprobada en julio, salvo que esta limitación haya sido excepcionada por la Consejería de Economía y Hacienda. Las retribuciones de este personal no experimentarán incremento respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2012.

   Los altos cargos con rango inferior a viceconsejero tendrán derecho, en su caso, a la cuantía que en concepto de complemento de productividad les pudiera ser asignada por el titular de la Consejería de Economía y Hacienda, a propuesta del consejero respectivo.

   Asimismo, el Gobierno regional, a propuesta del consejero respectivo y previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, podrá excepcionar de la limitación referida para altos cargos superiores al cargo de viceconsejero a determinados puestos, cuando concurran especiales circunstancias que así se justifiquen.

   Las retribuciones del presidente, los consejeros y el secretario general del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid seguirán el mismo patrón de congelación.

   El texto también señala que sin perjuicio de lo expuesto, los altos cargos tendrán derecho a la percepción de los trienios que pudieran tener reconocidos como funcionarios y personal al servicio del Estado y demás administraciones públicas, en las cuantías establecidas para este tipo de personal en la presente ley, así como al régimen asistencial y prestacional vigente en la Comunidad de Madrid, respetándose las peculiaridades que comporte el sistema mutual que tuviesen reconocido.

   Los trienios devengados se abonarán con cargo a los créditos y cuantías que para trienios de funcionarios se incluyen en el presupuesto de gastos.

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