Caso Gurtel.
La Fiscalía Anticorrupción no recurrirá ante el Tribunal Supremo el veredicto del tribunal del jurado, que el pasado 25 de enero absolvió al ex presidente de la Generalitat valenciana Francisco Camps y al ex secretario regional del PP Ricardo Costa del delito de cohecho impropio por aceptar supuestamente regalos de la trama Gürtel. Así lo han informado fuentes del Ministerio Público, que han señalado que, tras estudiar el contenido de la sentencia dictada por el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Valencia Juan Climent, Anticorrupción ha estimado que no hay base jurídica suficiente para recurrir. Así, será la acusación popular, es decir el PSPV, quien recurrirá la sentencia de absolución, tal y como anunció la formación socialista.
El veredicto del jurado popular se emitió tras tres jornadas de deliberaciones, con una mayoría de cinco votos a favor y cuatro en contra. En relación al ex president de la Generalitat, se estimó probado que no adquirió prenda alguna en la tienda Milano, aunque encargó cuatro trajes que posteriormente devolvió (agosto de 2006) al ser imposible arreglarlos por no disponer de las tallas adecuadas. Según la sentencia, Camps encargó y adquirió tres prendas en la tienda Forever Young, todas ellas abonadas por el acusado "personalmente al -sastre- señor Tomás". En consecuencia, se consideró al ex president no culpable de haber recibido regalos consistentes en prendas de vestir de forma continuada en relación a su función en el Ejecutivo autonómico.
Sobre Ricardo Costa, se estimó igualmente probado que pagó las prendas que le fueron confeccionadas en Milano y que nunca encargó trajes en Forever Young ni recibió prendas de ese establecimiento. Por ello, al ex secretario general del PP valenciano y diputado autonómico no se le atribuyó haber recibido regalos consistentes en prendas de vestir de forma continuada en consideración a su función en el parlamento valenciano.
El veredicto del jurado popular se emitió tras tres jornadas de deliberaciones, con una mayoría de cinco votos a favor y cuatro en contra. En relación al ex president de la Generalitat, se estimó probado que no adquirió prenda alguna en la tienda Milano, aunque encargó cuatro trajes que posteriormente devolvió (agosto de 2006) al ser imposible arreglarlos por no disponer de las tallas adecuadas. Según la sentencia, Camps encargó y adquirió tres prendas en la tienda Forever Young, todas ellas abonadas por el acusado "personalmente al -sastre- señor Tomás". En consecuencia, se consideró al ex president no culpable de haber recibido regalos consistentes en prendas de vestir de forma continuada en relación a su función en el Ejecutivo autonómico.
Sobre Ricardo Costa, se estimó igualmente probado que pagó las prendas que le fueron confeccionadas en Milano y que nunca encargó trajes en Forever Young ni recibió prendas de ese establecimiento. Por ello, al ex secretario general del PP valenciano y diputado autonómico no se le atribuyó haber recibido regalos consistentes en prendas de vestir de forma continuada en consideración a su función en el parlamento valenciano.
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