viernes, 14 de diciembre de 2012

Sanidad paga 900.000 euros al arzobispado por los servicios religiosos en los hospitales.

La oficina de gestión económica de la Conselleria de Sanidad autorizó ayer una orden de pago por valor de 900.000 euros que iban destinados al Arzobispado de la diócesos de Valencia en concepto de "asistencia religiosa y arrendamiento de locales", según ha podido saber Levante-EMV de fuentes próximas a la institución sanitaria.

Un portavoz oficial de la Conselleria de Sanidad confirmó la realización de este abono y explicó que se trata de un pago que se hace por los servicios religiosos que los sacerdotes prestan en los hospitales como dar la comunión a los enfermos, confesarles, darles la extremaunción (término anterior al Concilio Vaticano II, luego se denominó unción a los enfermos) o sencillamente hablar con ellos cuando el paciente lo solicita.

Las mismas fuentes indicaron que se trata de un abono anual que se efectúa en virtud de un convenio que se firmó en año 1992.

Cada diócesis asigna un número de sacerdotes a cada hospital para que se encargue de estos servicios, como sucede en La Fe donde son dos los capellanes que se dan este tipo de prestación espiritual.

Los curas asignados, que también ofician misa en los hospitales que disponen de capilla, tienen sus despachos en los propios centros, a donde se desplazan cuando son requeridos por el personal sanitario a petición de los enfermos.
En el hospital La Fe, por ejemplo, su oficina está en la planta baja. Los servicios médicos que más solicitan su presencia son Reanimación, Oncología y Hematología, que es donde se encuentran los pacientes que están en una situación más crítica, según indicaron las mismas fuentes que destacaron que hay zonas de descanso habilitadas para los religiosos cuando hacen guardias, pero que no viven en el centro.

Acuerdo con el Vaticano

Algunos hospitales han sustituido las capillas por salas que son utilizadas como "áreas de reflexión, duelo o rezo, independientemente del tipo de religión".
El convenio, que sí se abona religiosamente, a diferencia de otros pagos que se demoran casi ad eternum como el de los suministradores de material sanitario, se firmó en cumplimiento del artículo IV, 2) del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos de 3 de enero de 1979 y dentro del marco jurídico del acuerdo sobre asistencia religiosa católica en centros hospitalarios públicos (BOE, 20 de diciembre de 1985).

Se trata de un convenio que está en vigor en todas las comunidades, según indicaron fuentes de la conselleria.

En su segundo artículo, recoge que "la asistencia católica se prestará, en todo caso, con el debido respeto a la libertad religiosa y de conciencia, de acuerdo con la Ley Orgánica sobre libertad religiosa".

Para hacer un seguimiento de la aplicación del convenio se creó una Comisión Mixta integrada por representantes de la conselleria y de los obipos de las diócesis implicadas que deben reunirse una vez al año.

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