Justifica la medida en criterios "estrictamente jurídicos" y plantea que el ex director pueda estar recibiendo "presiones externas" para fugarse y no seguir tirando de la manta.
La juez Mercedes Alaya ha descartado que detrás del encarcelamiento del ex director general de Trabajo y Seguridad Social Francisco Javier Guerrero, que ordenó la pasada madrugada, haya motivos electoralistas como apuntaron algunos abogados defensores a la hora de oponerse a la petición de cárcel realizada por la Fiscalía Anticorrupción, a la que se adhirieron las demás acusaciones particulares, entre ellas las de la Junta de Andalucía y el Partido Popular.
En el auto de 38 folios que acordó el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza de Guerrero, la juez responde al planteamiento de algunas de las defensas, entre ellas la del ex delegado provincial de Empleo en Sevilla Antonio Rivas, cuyo abogado defensor, Jon Ander Sánchez, se opuso al ingreso en prisión provisional solicitado por la Fiscalía Anticorrupción, al considerar que los argumentos esgrimidos por el Ministerio Público respecto al riesgo de fuga o a la posibilidad de que Guerrero pudiera influir en otros testigos o imputados eran "inconsistentes" y por tanto la petición de cárcel sólo se explicaba en el actual "marco temporal", en alusión a la campaña para las elecciones autonómicas que se celebrarán el próximo 25 de marzo.
La juez Mercedes Alaya recuerda en el auto que como la Fiscalía fue la única parte que justificó la petición de prisión provisional -las demás acusasiones se adhirieron a la petición-, el argumento de las defensas que ven motivos electoralistas constituye una "absoluta falta de respeto y consideración a la función de defensa de la legalidad que ostenta el Ministerio Público, al que se le ha acusado de razones extraprocesales cuando son motivos estrictamente jurídicos los que justifican su solicitud".
La instructora aprovecha la ocasión para descartar igualmente ese móvil en su decisión final de enviar a la cárcel al que fuera director general de Trabajo de la Junta durante nueve años. "Del mismo modo, si se hace extensiva esta crítica a esta resolución judicial por acceder a esta medida (prisión provisional), supone un absoluto y total desconocimiento de los principios de Justicia e independencia que rigen la función jurisdiccional", precisa Alaya.
La magistrada avala todas las razones que llevaron al Ministerio Público a solicitar la prisión provisional de Guerrero, a quien se atribuyen seis delitos, entre ellos de malversación de caudales públicos, prevaricación, cohecho y falsedad documental. Alaya coincide con el fiscal en la gravedad de los delitos imputados a Guerrero y de las penas que llevan aparejados -hasta 18 años sólo en el caso de la malversación continuada-, por lo que concluyó que no puede obviarse que existe riesgo de fuga de Guerrero, sobre todo "teniendo en cuenta la repercusión mediática del caso y la evidente alarma social creada". La instructora entiende que además el ex alto cargo "habría perdido cierto arraigo social y desde luego ha perdido su arraigo laboral, pues no ha podido reingresar a su puesto de funcionario público", por lo que "su delicada situación personal y social, no harían en modo alguno descartable la evasión de este señor, sobre todo si a ello se le une la precaria situación económica que él mismo afirma" que padece actualmente.
La juez considera que tampoco es descartable, "como hipótesis" que ella debe contemplar como instructora del caso, que incluso Guerrero "pudiera estar recibiendo ciertas presiones" para que se diera la fuga, "por la relevancia de su testimonio en este proceso penal, al poder perjudicar claramente a otros, y por la importancia de los conocimientos que ha podido adquirir de ciertos hechos a lo largo de su extensa etapa como director general que no haya desvelado todavía".
Para Mercedes Alaya, el hecho "objetivo" de que el ex alto cargo no haya intentado hasta ahora sustraerse a la acción de la Justicia -"más bien destaca su colaboración con la misma"-, no es óbice para "plantearse seriamente que es ahora, cuando se empieza a conocer la gravedad de los indicios contra él y contra otras personas, cuando verdaderamente surge este riesgo de fuga".
Junto al riesgo de fuga, la juez aprecia la posibilidad de que Guerrero "pueda entorpecer la instrucción de la causa, de forma que la prisión provisional del inculpado también debe venir motivada por la capacidad del mismo de acceder por sí o a través de terceros a fuentes de prueba ahora mismo externas a la Administración, o para influir sobre otros imputados o testigos, pues no en vano ha sido director general de Trabajo durante una década, y conoce a muchos personajes de interés en la presente causa, alguno de los cuales han estado trabajando a sus órdenes o en estrecha colaboración con él", como el caso de su ex chófer Juan Francisco Trujillo. Por todo ello, Alaya concluye que la prisión provisional solicitada es "proporcionada". En el auto, la instructora no se pronuncia sobre la fianza de 933 millones de euros que el fiscal y las acusaciones también solicitaron que se impusiera a Guerrero para hacer frente a las posibles responsabilidades civiles derivadas de las ayudas concedidas por el principal imputado.
En el auto de 38 folios que acordó el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza de Guerrero, la juez responde al planteamiento de algunas de las defensas, entre ellas la del ex delegado provincial de Empleo en Sevilla Antonio Rivas, cuyo abogado defensor, Jon Ander Sánchez, se opuso al ingreso en prisión provisional solicitado por la Fiscalía Anticorrupción, al considerar que los argumentos esgrimidos por el Ministerio Público respecto al riesgo de fuga o a la posibilidad de que Guerrero pudiera influir en otros testigos o imputados eran "inconsistentes" y por tanto la petición de cárcel sólo se explicaba en el actual "marco temporal", en alusión a la campaña para las elecciones autonómicas que se celebrarán el próximo 25 de marzo.
La juez Mercedes Alaya recuerda en el auto que como la Fiscalía fue la única parte que justificó la petición de prisión provisional -las demás acusasiones se adhirieron a la petición-, el argumento de las defensas que ven motivos electoralistas constituye una "absoluta falta de respeto y consideración a la función de defensa de la legalidad que ostenta el Ministerio Público, al que se le ha acusado de razones extraprocesales cuando son motivos estrictamente jurídicos los que justifican su solicitud".
La instructora aprovecha la ocasión para descartar igualmente ese móvil en su decisión final de enviar a la cárcel al que fuera director general de Trabajo de la Junta durante nueve años. "Del mismo modo, si se hace extensiva esta crítica a esta resolución judicial por acceder a esta medida (prisión provisional), supone un absoluto y total desconocimiento de los principios de Justicia e independencia que rigen la función jurisdiccional", precisa Alaya.
La magistrada avala todas las razones que llevaron al Ministerio Público a solicitar la prisión provisional de Guerrero, a quien se atribuyen seis delitos, entre ellos de malversación de caudales públicos, prevaricación, cohecho y falsedad documental. Alaya coincide con el fiscal en la gravedad de los delitos imputados a Guerrero y de las penas que llevan aparejados -hasta 18 años sólo en el caso de la malversación continuada-, por lo que concluyó que no puede obviarse que existe riesgo de fuga de Guerrero, sobre todo "teniendo en cuenta la repercusión mediática del caso y la evidente alarma social creada". La instructora entiende que además el ex alto cargo "habría perdido cierto arraigo social y desde luego ha perdido su arraigo laboral, pues no ha podido reingresar a su puesto de funcionario público", por lo que "su delicada situación personal y social, no harían en modo alguno descartable la evasión de este señor, sobre todo si a ello se le une la precaria situación económica que él mismo afirma" que padece actualmente.
La juez considera que tampoco es descartable, "como hipótesis" que ella debe contemplar como instructora del caso, que incluso Guerrero "pudiera estar recibiendo ciertas presiones" para que se diera la fuga, "por la relevancia de su testimonio en este proceso penal, al poder perjudicar claramente a otros, y por la importancia de los conocimientos que ha podido adquirir de ciertos hechos a lo largo de su extensa etapa como director general que no haya desvelado todavía".
Para Mercedes Alaya, el hecho "objetivo" de que el ex alto cargo no haya intentado hasta ahora sustraerse a la acción de la Justicia -"más bien destaca su colaboración con la misma"-, no es óbice para "plantearse seriamente que es ahora, cuando se empieza a conocer la gravedad de los indicios contra él y contra otras personas, cuando verdaderamente surge este riesgo de fuga".
Junto al riesgo de fuga, la juez aprecia la posibilidad de que Guerrero "pueda entorpecer la instrucción de la causa, de forma que la prisión provisional del inculpado también debe venir motivada por la capacidad del mismo de acceder por sí o a través de terceros a fuentes de prueba ahora mismo externas a la Administración, o para influir sobre otros imputados o testigos, pues no en vano ha sido director general de Trabajo durante una década, y conoce a muchos personajes de interés en la presente causa, alguno de los cuales han estado trabajando a sus órdenes o en estrecha colaboración con él", como el caso de su ex chófer Juan Francisco Trujillo. Por todo ello, Alaya concluye que la prisión provisional solicitada es "proporcionada". En el auto, la instructora no se pronuncia sobre la fianza de 933 millones de euros que el fiscal y las acusaciones también solicitaron que se impusiera a Guerrero para hacer frente a las posibles responsabilidades civiles derivadas de las ayudas concedidas por el principal imputado.
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